¡SERÁ LEY! HABRÁ USO DE CARGADOR UNIVERSAL PARA APARATOS TECNOLÓGICOS Y SERNAC LO VALORA JUNTO AL FIN DE VENTAS ATADAS
Este lunes 26 de agosto la sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó las
modificaciones introducidas por el Senado, con lo que el proyecto que establece el
uso del cargador universal para aparatos tecnológicos será ley.
Esta iniciativa dispone el uso de cargador universal estandarizado para
diferentes tipos de dispositivos electrónicos, como, por ejemplo, teléfonos
celulares y tablets, y videoconsolas portátiles, tanto alámbricos como inalámbricos.
De esta forma, la nueva normativa establece que las empresas deberán garantizar
la interoperabilidad común entre los equipos y sus dispositivos de carga, a
través de una interfaz de carga y protocolo de comunicación de carga compatibles.
Además, la ley indica que las empresas comercializadoras de dispositivos móviles
deberán ofrecer a los consumidores la posibilidad de adquirir sus dispositivos
tecnológicos con los aparatos de carga o por separado, no pudiendo atar o
supeditar bajo ningún modo o condición la adquisición de uno de ellos a la del otro.
También dispone que las empresas deberán informar adecuada y oportunamente a
los consumidores si el dispositivo de carga está o no incluido y sobre otras
especificaciones relativas a los dispositivos de carga compatibles.
El Director Nacional del SERNAC, Andrés Herrera, quien participó activamente en la
tramitación de esta iniciativa asistiendo a las comisiones para entregar la visión
institucional acerca de las implicancias de esta iniciativa, valoró los beneficios que
traerá esta ley para las y los consumidores, entre ellas, el fortalecimiento del derecho
a la libre elección de bienes y servicios, evitando la venta atada de dispositivos de
carga con la adquisición de dispositivos tecnológicos.
“Esta ley es un avance hacia un consumo más sustentable, pues permitirá a los
consumidores optar por no adquirir nuevos dispositivos de carga, lo que contribuirá a
disminuir la producción de residuos electrónicos”, indicó la autoridad.
Herrera agregó también que esta normativa va a permitir a futuro la estandarización
de otros tipos de cargas, como, por ejemplo, las inalámbricas vía NFC.
“Esta normativa pone a nuestro país en línea con la regulación europea en esta
materia, e implica una simplificación en el uso de los equipos y dispositivos
electrónicos, contribuyendo a reducir residuos tecnológicos y a disminuir costos
innecesarios”, explicó Herrera.
Servicio Nacional
del Consumidor
Ministerio de Economía,
Fomento y Turismo
Además, la autoridad valoró que con esta nueva normativa las empresas van a tener
que comercializar los aparatos con o sin cargadores o adaptadores de toma de
corriente, prohibiendo la venta atada.
En caso de incumplimiento a estas disposiciones, las empresas podrán recibir multas
de hasta 300 UTM, es decir, cerca de 20 millones de pesos por cada infracción.
Estas nuevas obligaciones entrarán en vigencia en un plazo de dos años desde la
publicación de la ley en el Diario Oficial para los dispositivos de telefonía móvil, y de
cuatro años para los demás dispositivos móviles de información y telecomunicaciones.
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