¡SERÁ LEY! HABRÁ USO DE CARGADOR UNIVERSAL PARA APARATOS TECNOLÓGICOS Y SERNAC LO VALORA JUNTO AL FIN DE VENTAS ATADAS


Este lunes 26 de agosto la sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó las

modificaciones introducidas por el Senado, con lo que el proyecto que establece el

uso del cargador universal para aparatos tecnológicos será ley.

Esta iniciativa dispone el uso de cargador universal estandarizado para

diferentes tipos de dispositivos electrónicos, como, por ejemplo, teléfonos

celulares y tablets, y videoconsolas portátiles, tanto alámbricos como inalámbricos.

De esta forma, la nueva normativa establece que las empresas deberán garantizar

la interoperabilidad común entre los equipos y sus dispositivos de carga, a

través de una interfaz de carga y protocolo de comunicación de carga compatibles.

Además, la ley indica que las empresas comercializadoras de dispositivos móviles

deberán ofrecer a los consumidores la posibilidad de adquirir sus dispositivos

tecnológicos con los aparatos de carga o por separado, no pudiendo atar o

supeditar bajo ningún modo o condición la adquisición de uno de ellos a la del otro.

También dispone que las empresas deberán informar adecuada y oportunamente a

los consumidores si el dispositivo de carga está o no incluido y sobre otras

especificaciones relativas a los dispositivos de carga compatibles.

El Director Nacional del SERNAC, Andrés Herrera, quien participó activamente en la

tramitación de esta iniciativa asistiendo a las comisiones para entregar la visión

institucional acerca de las implicancias de esta iniciativa, valoró los beneficios que

traerá esta ley para las y los consumidores, entre ellas, el fortalecimiento del derecho

a la libre elección de bienes y servicios, evitando la venta atada de dispositivos de

carga con la adquisición de dispositivos tecnológicos.

“Esta ley es un avance hacia un consumo más sustentable, pues permitirá a los

consumidores optar por no adquirir nuevos dispositivos de carga, lo que contribuirá a

disminuir la producción de residuos electrónicos”, indicó la autoridad.

Herrera agregó también que esta normativa va a permitir a futuro la estandarización

de otros tipos de cargas, como, por ejemplo, las inalámbricas vía NFC.

“Esta normativa pone a nuestro país en línea con la regulación europea en esta

materia, e implica una simplificación en el uso de los equipos y dispositivos

electrónicos, contribuyendo a reducir residuos tecnológicos y a disminuir costos

innecesarios”, explicó Herrera.


Servicio Nacional

del Consumidor

Ministerio de Economía,

Fomento y Turismo

Además, la autoridad valoró que con esta nueva normativa las empresas van a tener

que comercializar los aparatos con o sin cargadores o adaptadores de toma de

corriente, prohibiendo la venta atada.

En caso de incumplimiento a estas disposiciones, las empresas podrán recibir multas

de hasta 300 UTM, es decir, cerca de 20 millones de pesos por cada infracción.

Estas nuevas obligaciones entrarán en vigencia en un plazo de dos años desde la

publicación de la ley en el Diario Oficial para los dispositivos de telefonía móvil, y de

cuatro años para los demás dispositivos móviles de información y telecomunicaciones.

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